Asilo y Estatus de Protección Temporal (TPS)
Si tiene miedo de regresar a su país de origen debido a persecución, tortura o amenazas a su vida o libertad, la ley de asilo de EE. UU. puede protegerle. Si es de un país cuyas condiciones hacen imposible un regreso seguro, el Estatus de Protección Temporal (TPS) puede permitirle permanecer legalmente en los Estados Unidos con autorización de trabajo. Son formas de protección diferentes, pero comparten una regla: el momento y la evidencia importan enormemente.
Soy Anna Ignatenko McLean (anteriormente conocida como Anna Ignatenko McLean). He ejercido el derecho de inmigración exclusivamente durante más de 15 años, representando a clientes en casos de asilo afirmativo ante la Oficina de Asilo de USCIS, casos de asilo defensivo en la corte de inmigración, solicitudes de suspensión de expulsión y de la Convención contra la Tortura (CAT), y apelaciones ante la Junta de Apelaciones de Inmigración y la Corte de Apelaciones del Noveno Circuito. Trabajo con los clientes directamente en inglés, ruso y español, de forma privada, en su idioma.
Todo lo que me diga en nuestra consulta está protegido por el secreto profesional entre abogado y cliente, incluso si finalmente no me contrata. Llame al (415) 212-9009 o escriba a contact@aimimmigration.com.
¿Qué Es el Asilo?
El asilo es una protección legal para personas que ya están en los Estados Unidos y temen regresar a su país de origen. Para calificar, debe demostrar:
Persecución pasada o un temor fundado de persecución futura;
Daño relacionado con uno de los cinco motivos protegidos: raza, religión, nacionalidad, opinión política o pertenencia a un grupo social determinado; y
Que el daño fue causado por el gobierno o por grupos que el gobierno no puede controlar.
Plazo crítico: Por lo general, debe presentar la solicitud dentro de un año desde su llegada a los Estados Unidos. Existen excepciones limitadas (como cambios en las circunstancias personales o del país), pero lo más seguro es asumir que el plazo es real. No espere.
Lo Que el Asilo No Cubre
El asilo no cubre el huir de la guerra, los disturbios civiles, la violencia generalizada, los gobiernos inestables, la discriminación, la corrupción gubernamental o las malas condiciones económicas por sí solas. Los solicitantes deben demostrar razones personales específicas de persecución; las afirmaciones generales sobre la peligrosidad de un país no son suficientes.
Cómo Solicitar — Tres Vías
1. De Forma Afirmativa — Presentar ante la Oficina de Asilo de USCIS
Si está dentro de los Estados Unidos y no se encuentra en un proceso de expulsión, presenta el Formulario I-589 ante USCIS y asiste a una entrevista en la Oficina de Asilo. Si se le concede, recibe el asilo y puede solicitar una green card un año después.
2. En la Frontera — Solicitar Asilo al Ingresar
Si llega a la frontera de EE. UU. o a un puerto de entrada y les dice a los funcionarios estadounidenses que teme regresar a su país, puede ser remitido a una entrevista de temor creíble. Si la aprueba, su caso pasa a la corte de inmigración para una audiencia de asilo defensivo.
3. De Forma Defensiva — En la Corte de Inmigración
Si está en un proceso de expulsión, puede solicitar asilo como defensa ante el juez de inmigración. Esto aplica incluso si su plazo de un año ya venció, en cuyo caso evaluaré si corresponde como alternativa la suspensión de expulsión o la protección bajo la CAT.
Beneficios del Asilo
Autorización de trabajo 150 días después de presentar su I-589 (con el permiso de trabajo emitido poco después).
Permiso para permanecer legalmente en los Estados Unidos mientras su caso está pendiente.
Elegibilidad para incluir a su cónyuge y a sus hijos solteros menores de 21 años como derivados en su solicitud.
Elegibilidad para presentar peticiones por su cónyuge e hijos solteros en el extranjero mediante el Formulario I-730 (dentro de los 2 años de la concesión).
Elegibilidad para solicitar una green card un año después de que se le conceda el asilo.
Elegibilidad para la ciudadanía estadounidense cinco años después de convertirse en residente permanente.
¿Qué Es la Persecución?
La persecución se define generalmente como la imposición de sufrimiento o daño, o una amenaza grave a la vida o la libertad. Incluye amenazas de muerte, tortura, encarcelamiento, vigilancia, participación forzada en actividades ilegales y discriminación severa en áreas como la vivienda, la educación o la expedición de pasaportes. El mero acoso no es suficiente. La amenaza debe ser a nivel nacional; por lo general no se puede esperar que los solicitantes se reubiquen internamente para evitar el daño.
Los Cinco Motivos Protegidos
Raza, Religión, Nacionalidad. Estas son categorías que se explican por sí mismas.
Opinión Política. Sostener opiniones que las autoridades no toleran. Requiere evidencia de que las autoridades conocían sus opiniones (discursos públicos, escritos, participación en protestas). Puede incluir la defensa de los derechos LGBTQ, la actividad sindical, las opiniones feministas o la 'opinión política imputada', cuando las autoridades le atribuyen erróneamente determinadas opiniones.
Pertenencia a un Grupo Social Determinado. La categoría más compleja. Los grupos comparten características fundamentales que sus miembros no pueden cambiar, tienen límites definidos y son reconocidos socialmente. Algunos ejemplos son tribus, clases sociales, relaciones familiares, mujeres que han sufrido violencia doméstica, personas LGBTQ y testigos de violencia de pandillas.
¿La Persecución Tiene Que Provenir del Gobierno?
No. La persecución por parte de grupos que el gobierno no puede controlar —como guerrillas, organizaciones paramilitares, pandillas o grupos de autodefensa— califica si tiene una base política o social. La persecución delictiva por razones puramente personales (una deuda privada, por ejemplo) no califica bajo la ley de asilo.
Suspensión de Expulsión y Convención contra la Tortura (CAT)
Si no califica para asilo —por ejemplo, porque venció el plazo de un año— aún puede ser elegible para la suspensión de expulsión o la protección bajo la CAT. Estas son más difíciles de ganar (el estándar de prueba es más alto), pero impiden que el gobierno lo expulse a un país donde enfrentaría persecución o tortura. La suspensión y la CAT no conducen a una green card, pero evitan la deportación.
Reunificación Familiar Después de Que Se le Conceda el Asilo
Si se le concede el asilo, puede presentar peticiones por su cónyuge e hijos solteros menores de 21 años en el extranjero mediante el Formulario I-730. Esta petición debe presentarse dentro de los 2 años de la concesión del asilo, salvo que aplique una excepción.
Estatus de Protección Temporal (TPS)
El Estatus de Protección Temporal protege de la deportación a los nacionales de países designados cuando su país de origen es inseguro debido a una guerra civil, un desastre natural u otras condiciones extraordinarias. El TPS otorga autorización de trabajo y, en algunos casos, permiso para viajar.
Los países actualmente designados para TPS incluyen Ucrania, Birmania (Myanmar), Venezuela, Siria, Sudán del Sur, Sudán, Yemen, Somalia, Nicaragua, Nepal, Haití, El Salvador y Honduras (a la fecha de publicación).
Las designaciones de países para TPS y los plazos de reinscripción cambian con frecuencia. Consulte siempre la página actual de TPS de USCIS —uscis.gov/humanitarian/temporary-protected-status— antes de suponer que su país sigue designado o que su período de inscripción está abierto.
Por Qué Esta Oficina para su Caso de Asilo
Usted trabaja conmigo, de principio a fin. Los casos de asilo requieren construir confianza durante meses, a veces años. Usted compartirá detalles difíciles, a veces traumáticos, para preparar su declaración. La abogada que escucha esa historia es la abogada que se sienta a su lado en su entrevista en la Oficina de Asilo o en su Audiencia Individual en la corte de inmigración. Las firmas más grandes suelen pasar los casos de asilo entre asociados debido a la alta rotación de personal —para cuando llega su entrevista, puede estar conociendo a un nuevo abogado por primera vez—. Eso no sucede aquí. Yo preparo su declaración, yo realizo la preparación para su entrevista y yo lo represento el día de la cita.
Tres idiomas, sin intérprete entre nosotros. Su declaración y la preparación para su entrevista se realizan directamente en inglés, ruso o español, sin que un extraño interprete su historia.
Confidencialidad. Todo lo que comparta está protegido por el secreto profesional entre abogado y cliente. El gobierno de EE. UU. no notifica a su país de origen que ha solicitado asilo.
Preguntas Frecuentes
He estado en los Estados Unidos más de un año. ¿Es demasiado tarde para solicitar asilo?
Posiblemente no. El plazo de un año tiene excepciones por cambios en las circunstancias personales (como la llegada al poder de un nuevo perseguidor, un diagnóstico reciente de una condición que aumenta su riesgo, o declararse LGBTQ) y por circunstancias extraordinarias (enfermedad grave, asesoría legal previa ineficaz). Incluso si no aplica ninguna excepción, aún puede calificar para la suspensión de expulsión o la protección bajo la CAT.
¿Le informará el gobierno de EE. UU. a mi país de origen que estoy solicitando asilo?
No. Los procesos de asilo en EE. UU. son confidenciales. El gobierno de EE. UU. no notifica a su país de origen que ha solicitado asilo.
¿Pueden incluirse a mis familiares en mi solicitud de asilo?
Su cónyuge y sus hijos solteros menores de 21 años que estén con usted en los Estados Unidos pueden incluirse como derivados en su solicitud de asilo. Por los familiares en el extranjero se puede presentar una petición mediante el Formulario I-730 después de que se conceda el asilo.
¿Cuánto tiempo tarda un caso de asilo?
Los casos de asilo afirmativo en la Oficina de Asilo de USCIS pueden tardar desde meses hasta varios años, según la oficina y su nacionalidad. Los casos defensivos en la corte de inmigración generalmente tardan de 1 a más de 3 años. La autorización de trabajo suele estar disponible a los pocos meses de la presentación.
¿Qué pasa si ya solicité asilo por mi cuenta y fue denegado?
Si presentó la solicitud de forma afirmativa y fue remitido a la corte de inmigración, puede renovar allí su solicitud de asilo. Si perdió en la corte de inmigración, tiene 30 días para presentar una apelación ante la Junta de Apelaciones de Inmigración. Contácteme lo antes posible: estos plazos son estrictos.